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Comunicado en relación al reingreso de una trabajadora de Diputación en excedencia voluntaria

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
lunes 15 de mayo de 2017, 23:37h

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Ante las apreciaciones del Grupo Socialista en la Diputación Provincial de Cuenca en relación al reingreso de una trabajadora de esta Casa en excedencia voluntaria, el equipo de Gobierno de la institución provincial quiere aclarar las siguientes cuestiones:

 

-       Rechazamos categóricamente la afirmación del Grupo Socialista en nota de prensa difundida a los medios de comunicación, en la que habla de “colocar a un cargo del PP” cuando, en realidad, se trata del reingreso de una trabajadora de plantilla de esta Diputación – concretamente, personal laboral fijo-, tras una excedencia voluntaria solicitada en 2008.

 

-       Aclarar que el reingreso de esta empleada está avalado por un informe del secretario general de esta Diputación, que considera dicha incorporación laboral como “procedente”.

 

-       Informe técnico que fundamenta jurídicamente esta decisión en la aplicación del artículo 46.5 de Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que determina textualmente lo siguiente: “El trabajador en excedencia voluntaria conserva solo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa”. Extremo éste que también se recoge en el convenio con el personal laboral 2002-2006, vigente en la actualidad. Vacante que, precisamente, se ha producido este año en una plaza perteneciente al ya extinto Consorcio Cuenca 112 que ha pasado a formar parte de la Relación de Puestos de Trabajo de esta Diputación, tras la asunción de estas competencias por parte de institución provincial.

 

-       Dicho informe también aclara que según se recoge en el artículo 46.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2015 y el artículo 53.1 del mencionado convenio de esta Diputación con el personal laboral 2002-2006, “la trabajadora en situación de excedencia voluntaria goza de un derecho preferente al reingreso en su puesto de trabajo, siempre que tal puesto se encuentre vacante, aun cuando se encuentre cubierto en este momento por personal interino”. Cuestión esta última que viene a corroborar la sentencia 27/2012 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca, que determina, entre otras cuestiones, que “no está justificado que un interino, nombrado por razones de necesidad y urgencia, impida a un titular ocupar una plaza a la que tiene derecho, de acuerdo con el art. 29.2 bis de la Ley 30/84 y art. 365/95 bis.

 

-       Insistir, por lo tanto, en la absoluta legalidad de la contratación de esta trabajadora, que solicitó este año su reincorporación tras una excedencia laboral voluntaria.

 

-       Y rechazar de plano las insinuaciones del portavoz del Grupo Socialista en la Diputación, Joaquín González Mena, sobre las posibles irregularidades cometidas en este asunto, instándole a que rectifique y abandone, de una vez por todas, esta constante actitud de intentar a toda costa sembrar dudas sobre la gestión de este equipo de Gobierno, tergiversando, si es necesario, la realidad.

 

 

Diputación Provincial de Cuenca

 

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