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Los nuevos valores catastrales de Cuenca entrarán en vigor en enero
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Los nuevos valores catastrales de Cuenca entrarán en vigor en enero

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
viernes 22 de julio de 2016, 11:55h

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Debido a la reciente publicación, el 22 de junio de 2016, por la Dirección General del Catastro de la nueva Ponencia de valores, la totalidad de los bienes inmuebles urbanos del municipio de Cuenca quedan sometidos a los criterios de valoración que implica esta Ponencia. Con este procedimiento se actualizan los datos de mercado que sirvieron de base, en su momento, para la determinación de los valores catastrales, equiparando el valor de las construcciones y del suelo del término municipal al valor de mercado actual.

 

La ponencia vigente en la actualidad en el municipio de Cuenca es de 1.997. Con este nuevo proceso, los valores anticuados se verán actualizados y adecuados a la realidad. Estos nuevos valores entrarán en vigor el 1 de enero de 2017, por lo que será a partir de esta fecha cuando comenzarán a repercutir en los impuestos, como por ejemplo el IBI.

 

Los propietarios de los 49.926 inmuebles censados en el municipio de Cuenca, comenzarán en breve, a ser notificados por Catastro de los nuevos valores catastrales individualizados resultantes de este procedimiento. Dicha comunicación se realiza mediante notificación electrónica, por comparecencia presencial o por notificación personal y directa por medios no electrónicos. En el caso de bienes inmuebles que correspondan a un mismo titular catastral, dichos valores individualizados podrán agruparse en una o varias notificaciones.

 

Esta actuación viene recogida en el artículo 28.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, donde se establece que el procedimiento de valoración colectiva de carácter general de bienes inmuebles de una misma clase se lleve a cabo por alguna de las siguientes causas: porque hayan transcurrido 10 años desde el anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general, porque existan diferencias sustanciales entre los actuales valores de mercado y los que sirvieron de base para determinar los valores catastrales vigentes o porque se hayan producido modificaciones urbanísticas significativas.

La iniciativa para revisar los datos podrá iniciarse de oficio o a instancia del ayuntamiento correspondiente y es la administración la que autoriza esta petición teniendo en cuenta que no haya habido una revisión catastral en los últimos cinco años.

Según Clementina Caballero, directora de gestión de Impuestalia, empresa dedicada en exclusiva a la Optimización Impositiva de IBI´s y otros tributos asociados a la tenencia y transmisión de bienes inmuebles, se prevé que al menos en el 7% de los inmuebles de Cuenca, podrán existir deficiencias. “El contribuyente no debería conformarse con la valoración que reciba, pero la mayoría de las veces no sabe a dónde acudir para comprobar estos datos. Lo ideal es revisar dicha documentación para estimar si es correcta, y poder contrastar así si los datos están acorde con los factores y circunstancias reales de nuestro inmueble”, declara Clementina.

Los nuevos valores podrán ser recurridos por los titulares disconformes, que dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del día de la notificación, para poder formular el recurso presentando las pruebas que estimen pertinentes. La interposición de la reclamación no suspenderá el pago de las liquidaciones pero, si finalmente la resolución es favorable, la diferencia será reembolsada o compensada.

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