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Los policías locales no podrán trabajar más de 8 horas nocturnas seguidas
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Los policías locales no podrán trabajar más de 8 horas nocturnas seguidas

Por Redacción/ EFE
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localcuencanewses/5/5/16
martes 19 de junio de 2018, 12:05h

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Los policías locales no podrán prestar servicio más de ocho horas nocturnas continuadas por cada periodo de 24 horas si el trabajo implica riesgos especiales o tensiones físicas o mentales "importantes".

Así se desprende del decreto de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas que hoy entra en vigor y que, a su vez, modifica el de 2006 que aprobó el reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

El nuevo decreto, que se ha publicado hoy en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, cambia algunos aspectos de la prestación permanente del servicio de los policías locales y establece que su servicio no podrán prolongarse más de doce horas continuadas (esto ya existía en el decreto anterior) o bien ocho horas si son nocturnas de cada periodo de veinticuatro horas en el caso de que el trabajo implique riesgos especiales o tensiones físicas o mentales importantes.

Estas características de riesgos y tensiones deberán ser definidas "en los correspondientes acuerdos con los representantes de los funcionarios, tomando en consideración los efectos y los riesgos inherentes al trabajo nocturno", ha precisado el decreto.

De la misma forma se reconoce que el descaso mínimo equivalente a un turno de servicio se hará cada doce horas continuadas de servicio o cada ocho horas si son nocturnas.

La Comisión de Coordinación de las policías locales de Castilla-La Mancha ha emitido informe favorable sobre el nuevo decreto y el Consejo Consultivo también se ha pronunciado.
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