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CEOE CEPYME Cuenca informa a las empresas de la suspensión de plazos en el ámbito tributario
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CEOE CEPYME Cuenca informa a las empresas de la suspensión de plazos en el ámbito tributario

La Confederación de Empresarios de Cuenca, a través de su Departamento Fiscal, está haciendo llegar documentación al respecto a sus empresas asociadas, indicando que será la propia Agencia Tributaria la que proceda a este aplazamiento.

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
domingo 22 de marzo de 2020, 12:00h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca está informando a sus empresas de la suspensión de los plazos en el ámbito tributario, señalando que será la propia Agencia Tributaria la que proceda al a paralización de los cargos en cuenta del aplazamiento y fraccionamiento de las deudas tributarias.

En este sentido, el Departamento Fiscal indica que no será necesaria solicitud por parte del interesado y del mismo modo señalan que los cargos correspondientes al 20 de marzo ya están enviados y será difícil que haya contraorden a la entidad financiera.

Entre otros pagos, se amplían hasta el 30 de abril de 2020 los plazos relacionados con el desarrollo de subastas y adjudicación de bienes, atender los requerimientos y diligencias de embargo y solicitudes de información con trascendencia tributaria, así como devolución de ingresos indebidos.

Asimismo, estos mismos conceptos que se comuniquen a partir de la entrada en vigor de esta medida extraordinaria, se extenderán hasta el 20 de mayo de 2020.

Recursos

El plazo para interponer recursos o reclamaciones económico-administrativas frente a actos tributarios, así como para recurrir en vía administrativa las resoluciones dictadas, no se iniciará hasta concluirse este período.

Igualmente, los plazos para atender los requerimientos y solicitudes de información formulados por la Dirección General de Catastro que se encuentran en plazo de contestación a la entregad en vigor de este decreto ley se amplían hasta el 30 de abril de 2020.

Los actos de apertura de trámite de alegaciones o de audiencia que se comuniquen a partir de la entrada en vigor de esta medida por la Dirección General del Catastro tendrán de plazo para ser atendencias hasta el 20 de mayo de 2020.

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