El procedimiento judicial se inició en abril de 2021 a raíz de una querella presentada por el entonces portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento, José Talaya. Según el fallo, Cebrián, “a sabiendas de que actuaba al margen del procedimiento establecido en la contratación de obras”, formalizó un contrato con la empresa TECESA SLU por 75.151,89 euros para adaptar el pabellón ‘Santa Lucía’ como auditorio, ocultando que ya había autorizado verbalmente 36.515,34 euros adicionales de modificaciones sugeridas previamente.
La sentencia subraya que estos hechos no pueden considerarse “una mera irregularidad” y recalca la experiencia de Cebrián como alcalde, ya que en 2020, momento en que se cometió el delito, había desempeñado el cargo durante ocho años previos (2007-2015). Su mandato finalizó en 2023, cuando no se presentó a la reelección y fue sucedido por Joaquina Saiz, también del PSOE.
El fallo describe los actos del ex alcalde con términos contundentes, calificando la adjudicación verbal de obra por más de 35.000 euros sin consulta técnica ni documentación como “cacicedad o dedazo”, y emplea expresiones como “esperpéntica, clamorosa o grosera”, utilizadas previamente por el Tribunal Supremo en casos similares.
Aunque se probó que la ex concejal Francisca Cebrián Navarro y el actual teniente de alcalde, Jesús García Ruíz, votaron a favor de la tercera certificación de obra, el tribunal no constató que actuaran en connivencia con Cebrián y los absuelve del procedimiento.
José Talaya, ex portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento, expresó durante la apertura del juicio oral su confianza en la Justicia, señalando que “este asunto debe ser un punto de inflexión en la manera de gobernar en Quintanar. Nadie está por encima de la ley y los gobernantes públicos tienen que ser ejemplo para la ciudadanía”.