Provincia

CEAT Cuenca informa a sus autónomos sobre los cambios en las obligaciones de facturación

Redacción | Viernes 18 de enero de 2013

CEAT Cuenca informa a los autónomos de los cambios que deben aplicar en sus facturas conforme a lo publicado el pasado 1 de diciembre de 2012 en el Boletín Oficial del Estado dentro del Real Decreto 1619/2012.

 

En este sentido, la documentación aclara los casos en los que se deben aplicar las normas de facturación establecidas en el reglamento que establece un tipo de facturación basado en dos tipos de facturas, una la factura completa u ordinaria y la otra, la simplificada, que viene a sustituir a los denominados tiques.



 

 

Las facturas simplificadas tienen un contenido más reducido que las facturas completas u ordinarias y, salvo algunas excepciones, podrán expedirse cuando su importen no exceda de 400 euros, IVA incluido, se trate de facturas rectificativas o su importe no exceda de 3.000 euros IVA incluido y se trate en este caso de los supuestos respecto los que tradicionalmente se ha autorizado la expedición de tiques en sustitución de facturas.

 

 

Mayor información

 

La información que se proporciona a través de la factura simplificada es superior de la que se proporcionaba a través de los tiques, señala CEAT Cuenca.

 

Además, se establece una nueva definición de factura electrónica como aquella que, cumpliendo los requisitos establecidos en el propio reglamento, haya sido expedida y recibida en formato electrónico.

 

Por otro lado, se establece como novedad un plazo para la expedición de facturas correspondientes a determinadas entregas de bienes o prestaciones de servicios intracomunitarias.