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Del Mons Calpe y el depredador británico.

Del Mons Calpe y el depredador británico.

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
sábado 03 de agosto de 2013, 02:29h

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Este domingo día 4 de agosto se cumplirán 309 años desde que una escuadra anglo-holandesa, al mando de la cual se hallaba el almirante inglés George Rooke, ocupara Gibraltar. Dos años después de su fracasado intento de tomar Cádiz y de su ataque a la escuadra franco-española en la ría de Vigo (Batalla de Rande), el marino de Canterbury había tomado finalmente esa plaza, merced a la palmaria desproporción de fuerzas en liza y a la poco gloriosa resistencia del sargento general Diego Esteban Gómez de Salinas, jefe de las tropas borbónicas apostadas en la zona. El primer hecho sustancial que conviene señalar de este episodio histórico es que el almirante Rooke decidiera tomar posesión de Gibraltar en nombre de la reina Ana de Inglaterra, ya que esto supondría de facto el inicio de una ocupación de territorio español que involucra necesariamente la idea de Imperio. Esta es la razón por la cual tanto el relato de los acontecimientos como las conclusiones que se puedan extraer del mismo guardarán un insoslayable carácter filosófico.

 

 

Con la Guerra de Sucesión al trono de España decantada del lado de Felipe V, entre los años 1713 y 1715 se firmaron una serie de tratados que pretendían un equilibrio de fuerzas y que a la postre modificarían el escenario político europeo. Para nuestra nación, Tratado de Utrecht implicaría, entre otras cosas, la cesión de Gibraltar y Menorca a los ingleses. Se explicitaba en dicho Tratado que: «El Rey Católico, por sí y por sus herederos y sucesores, cede por este Tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortaleza que le pertenecen, dando la dicha propiedad absolutamente para que la tenga y goce con entero derecho y para siempre, sin excepción ni impedimento alguno. Pero, para evitar cualesquiera abusos y fraudes en la introducción de las mercaderías, quiere el Rey Católico, y supone que así se ha de entender, que la dicha propiedad se ceda a la Gran Bretaña sin jurisdicción alguna territorial y sin comunicación alguna abierta con el país circunvecino por parte de tierra.». En aquel infausto acuerdo, urdido previamente entre Londres y París, se cedía la propiedad de la fortaleza, la villa y el puerto, pero en ningún caso su soberanía. No obstante, desde entonces, la colección de abusos, agresiones e incumplimientos por parte del Reino Unido muestra claramente la prevalencia de una idea de Imperio que desde las coordenadas del materialismo filosófico sólo cabría calificar de depredador. Según este sistema filosófico, un Imperio depredador se define como aquel Estado que rebasa sus límites territoriales con el único objetivo es aprovecharse de los recursos materiales de otras sociedades, ya sean políticas o pre-estatales, sin modificar su nivel o estatus sociopolítico.

Obsérvese a través de los siguientes hitos que éste es el caso del Imperio británico en suelo español. Al poco de firmarse el Tratado de Utrecht, la ocupación inglesa se extendió a la “Torre del Diablo” y “El Molino”; en 1810, durante de la invasión francesa, el general Castaños toleró que se destruyesen las fortificaciones de la “Línea de Gibraltar”; en 1815, con el pretexto de una epidemia de fiebre amarilla, se instaló un campamento sanitario en el llamado “Campo Neutral”, zona que posteriormente fagocitarían los ingleses situando en ella centinelas; en 1830, el Reino Unido concedió a Gibraltar la consideración de “Colonia de la Corona”; en 1865, contraviniendo lo acordado en el propio Tratado de Utrecht, los ingleses obtuvieron derechos sobre las aguas limítrofes al Peñón mediante la firma de una Declaración Conjunta con el Gobierno español sobre navegación en aguas del Estrecho; en 1908 se inició el levantamiento de “la verja” y se ocuparon otros 850 metros del “Campo Neutral”; durante el tiempo de la Primera Guerra Mundial y la Segunda República se construyó un aeródromo cuya pista sería ampliada ocupando nuevamente varios cientos de metros de aguas españolas; en 1950 se invadieron parcialmente las aguas que rodean el Peñón sin respetar lo estipulado en la Carta de las Naciones Unidas, que en 1946 había incluido Gibraltar en la lista de territorios sometidos a descolonización; en 1967 se convocó un referéndum sobre el futuro de Gibraltar transgrediendo tanto la resolución 1.514 de Naciones Unidas, que señalaba explícitamente y con toda solemnidad la necesidad de poner fin al colonialismo, como las resoluciones 2.231 y 2.353 de la ONU (de 1960); en 1969 entraron en vigor la Constitución Lansdowne y el Estatuto de Autonomía y Gibraltar pasó a tener la consideración de dominio. A partir de esa fecha cabría añadir otra larga colección de injerencias y dobleces que pasan por la declaración de soberanía sobre las aguas adyacentes al Peñón, los reiterados ataques a patrulleras y pesqueros españoles o las más recientes aspiraciones de tener selecciones deportivas “nacionales”.

 

El desarrollo histórico, sucintamente repasado en estas líneas, refleja, desde un enfoque eminentemente filosófico, una idea de Imperio que se contrapone con nitidez a la de Imperio español que en otros artículos he intentado esbozar (véanse los artículos de febrero, abril o mayo). En este sentido, el discernimiento que plantea el materialismo filosófico entre imperio generador e imperio depredador es decisivo porque ofrece una inestimable herramienta crítica que a la postre debería contribuir a sacudirse la importunada e indigna losa que pesa sobre nuestra historia. Es por ello que la posición política que se tome ante el recalcitrante y enquistado conflicto de Gibraltar ha de sostenerse indefectiblemente sobre el análisis filosófico de la idea de Imperio.

 

 

Francisco Javier Fernández Curtiella

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