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Los trabajadores sociales de Castilla-La Mancha analizan la Ley de Muerte Digna de Andalucía, pionera en España

Los trabajadores sociales de Castilla-La Mancha analizan la Ley de Muerte Digna de Andalucía, pionera en España

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
viernes 07 de octubre de 2011, 22:47h

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El psicólogo y profesor de la Facultad de Trabajo Social de la Universidad de Granada, Juan Muñoz Tortosa, ha presentado hoy la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte, una normativa aprobada en Andalucía, y la única existente por el momento en España encaminada a  mejorar la calidad de vida de los pacientes terminales y sus familias mediante la prevención y el alivio del sufrimiento. Otros asuntos como la eutanasia y el suicidio asistido han sido objeto de debate en las III Jornadas Regionales sobre Garantía y Protección de los Derechos de las Personas Mayores que continúan hoy en Talavera de la Reina.

Los cuidados paliativos y la muerte digna han sido dos de los asuntos tratados por el profesor Juan Carlos Muñoz Tortosa, quien ha presentado hoy a los participantes de las III Jornadas Regionales sobre Garantía y Protección de los Derechos de las Personas Mayores la Ley sobre Muerte Digna aprobada recientemente en Andalucía, la única comunidad autónoma que cuenta con una normativa para la prevención y el alivio del sufrimiento de enfermos terminales.

Muñoz Tortosa ha destacado como uno de los éxitos para la puesta en marcha de la Ley el hecho de que su elaboración ha contado con el consenso de todos los partidos políticos del Parlamento de Andalucía, además de que conceptualmente se ha estudiado con mucho cuidado y detenimiento los aspectos diferenciadores de la eutanasia, sobre los que también se ha producido acuerdo.

De este modo, ha remarcado que las actuaciones de la Ley no buscan deliberadamente la muerte, sino que pretender aliviar o evitar el sufrimiento, respetar la autonomía de los pacientes y humanizar el proceso de la muerte. Además, las prácticas respetan la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Otros contenidos de consenso han sido el derecho de las personas a redactar un documento escrito en el que hagan constar sus deseos y preferencias en el tratamiento, como son el “testamento vital” y la “declaración de voluntades anticipadas”. Los profesionales sanitarios, por su parte, están obligados a consultar el Registro la constancia del otorgamiento vital.


Distinción entre la sedación y la eutanasia

Sobre las terapias paliativas para enfermos terminales, el profesor se ha referido a la sedación en cuidados paliativos y su distinción de la eutanasia. Sobre la intencionalidad, ha comentado que la eutanasia busca provocar la muerte para liberar del sufrimiento y elimina la vida física, mientras que los cuidados paliativos pretenden aliviar el sufrimiento de síntomas y busca la indiferencia del paciente frente al dolor.

Aunque ambos procesos requieren el consentimiento del paciente, Muñoz Tortosa ha destacado que en la eutanasia se precisa de fármacos que garanticen una muerte rápida. Por el contrario, con los cuidados paliativos los fármacos y las dosis se ajustan al sufrimiento y se evalúa el proceso que queda registrado en la historia clínica del paciente.

En lo que respecta al resultado, en la eutanasia el parámetro de éxito es la muerte del paciente. En los cuidados paliativos, sin embargo, el parámetro de éxito es el alivio del sufrimiento, éste debe ser evaluado y el proceso queda registrado en la historia clínica.

 

Valoración del Colegio Oficial de Trabajo Social de Castilla-La Mancha

Desde el Colegio Oficial de Trabajo Social de Castilla-La Mancha se valora enormemente la normativa andaluza y considera importante la necesidad de ponerla en marcha también en nuestra región ya que con esta Ley, se resuelven numerosos problemas y conflictos que atañen tanto a los pacientes y familiares como a los distintos profesionales que participan en la intervención sociosanitaria.

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