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CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresas el mínimo exento de cotización a la seguridad social

CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresas el mínimo exento de cotización a la seguridad social

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
lunes 20 de abril de 2015, 21:30h

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El Departamento Jurídico de la Confederación de Empresarios de Cuenca señala a sus empresarios la existencia de un mínimo exento de cotización a la Seguridad Social dentro de las medidas de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

En los supuestos de contratación indefinida, si la contratación es a tiempo completo, los primeros 500 euros de la base de cotización por contingencias comunes correspondientes a cada mes quedarán exentos de la aplicación del tipo de cotización en la parte correspondiente a la empresa. Al resto del importe de dicha base le resultará aplicable el tipo de cotización vigente en cada momento.

 

Por otra parte, si la contratación es a tiempo parcial, la cuantía señalada se reducirá a forma proporcional al porcentaje de reducción de jornada de cada contrato.

 

Duración

La duración de la reducción de la cotización establecida por la norma será de 24 meses computados a partir de la fecha de efectos del contrato para todas las empresas

Para las empresas que en el momento de la contratación cuenten con menos de diez trabajadores, se les otorgarán doce meses adicionales de una exención de aplicación del tipo de cotización de los primeros 250 euros.

Las empresas para recibir estas ayudas tienen que hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no haber extinguido contratos en los seis meses anteriores a la fecha de contratación.

Además, se exige que la celebración del contrato suponga un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total de le empresa y deberá mantener este empleo indefinido y este empleo total durante al menos tres años.

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