Así, estas ayudas están destinadas a desarrollar algunos sistemas que aplican tecnologías como la biomasa térmica, la fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica o la geotérmica.
Los destinatarios de estas ayudas son las personas físicas o comunidades de propietarios, ayuntamientos de la región y empresas. En el caso de las empresas se pueden beneficiar de las ayudas destinadas a la tecnología fotovoltaica, eólica-fotovoltaica y geotérmica.
Entre las actuaciones subvencionables está la instalación de aparatos que transforme la energía de la radiación solar y la energía del viento para su consumo aislado de la red de distribución. También se subvencionan la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía térmica para su consumo mediante sistemas electromecánicos o termodinámicos.
Plazo
Las actuaciones subvencionables con esta línea de ayudas deben estar realizadas y justificadas antes del próximo 15 de septiembre de 2015, incluida esta fecha.
Las ayudas consistirán en un máximo del 30% del importe subvencionable con un tipo máximo de 15.000 euros por proyecto, sólo pudiéndose conceder una ayuda por beneficiario y área tecnológica.
En el caso de que los beneficiarios sean empresas, el IVA se entenderá excluido del coste subvencionable, mientras que será incluido si la ayuda se dirige a personas físicas o Ayuntamientos.