Cuenca

CCOO: una sentencia anula la selección de director del Museo Paleontológico y del Museo de las Ciencias

Museo de las Ciencias de Castilla-La Mancha
Redacción/ EFE | Jueves 18 de diciembre de 2025
El sindicato informa de que el Juzgado de lo Social ha declarado nulo el proceso selectivo de la Fundación Impulsa para cubrir las plazas de responsable del Museo Paleontológico y del Museo de las Ciencias, al haberse realizado sin publicación oficial. Además, otra sentencia reconoce a un funcionario interino el derecho al complemento de incapacidad temporal durante toda su baja.



El sindicato CCOO ha hecho pública una sentencia que anula el proceso selectivo realizado por la Fundación Impulsa para cubrir la plaza de responsable del Museo Paleontológico y el de las Ciencias, ambos en la ciudad de Cuenca, al considerar que se hizo sin publicidad.

El sindicato ha afirmado en nota de prensa que la sentencia, del Juzgado de lo Social, declara la nulidad del proceso selectivo porque considera que la Fundación Impulsa, financiada con fondos públicos, se tiene que regir por principios y requisitos de contratación pública, y en este caso faltó el de la publicidad porque no se publicó en un boletín oficial, sino en su web.

El responsable del sector de Administración Autonómica del sindicato, Juan Bautista González, ha afirmado que este tipo de organismos se saltan los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que funcionan como una agencia de colocación, por lo que ha asegurado que estarán "vigilantes" para velar por el cumplimiento de la ley.

Por otra parte, CCOO ha hecho pública otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que reconoce el derecho de un funcionario interino a recibir el complemento de incapacidad temporal durante todo el tiempo que estuvo de baja, con independencia de que fuera cesado en su puesto.

La secretaria general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO en Castilla-La Mancha, Carmen Juste, ha explicado que la sentencia señala que el complemento no está sujeto al contrato, sino a la incapacidad, y se debe cobrar hasta que la persona reciba el alta.

Ha añadido que muchas más personas interinas se pueden haber visto en la misma situación, y ha recordado que la retroactividad para poder presentar una reclamación es de cuatro años para personal interino funcionario, y de uno para el interino laboral.

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