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CEOE CEPYME Cuenca indica las medidas de apoyo a trabajadores y familias con incidencia en las empresas
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CEOE CEPYME Cuenca indica las medidas de apoyo a trabajadores y familias con incidencia en las empresas

La Confederación de Empresarios de Cuenca ha preparado a través del Departamento Jurídico un informe que ha sido enviado al a empresas por las que se señalan aspectos importantes en esta crisis como el carácter preferente del trabajo a distancia y el derecho a la reducción de jornada.

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
domingo 29 de marzo de 2020, 12:00h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca ha realizado una circular a través de su Departamento Jurídico en la que se señalan las medidas de apoyo a trabajadores, familias y colectivos vulnerables que tienen impacto en las empresas dentro del Real Decreto emitido a causa del COVID 19.

Entre otros aspectos, el Departamento Jurídico indica algunos aspectos importantes que se incluyen en esta legislación como es el carácter preferente del trabajo a distancia y el derecho a reducción de jornada.

Estas medidas excepcionales tienen como objetivo garantizar que la actividad empresarial y las relaciones de trabajo se reanuden con normalidad tras la situación de excepcionalidad sanitaria.

Adaptación horario

Las personas trabajadoras que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto a los familiares por consanguineidad hasta segundo grado tendrán derecho a la adaptación o reducción de su jornada laboral.

Aquí el Departamento Jurídico señala que la legislación reconoce la atención de personas que necesitan cuidado personal y directo y aquellas otras que implican el cuidado de familiares tras el cierre de centros educativos.

Las personas trabajadoras por tanto tendrán derecho a una reducción especial de la jornada de trabajo siempre y cuando se comunique a la empresa con 24 horas de antelación.

En el caso de que la reducción de jornada llegue al 100% el derecho de la persona trabajadora deberá estar justificado y proporcionado en relación a la situación de la empresa.

En el caso de que la persona ya esté disfrutando de una reducción de jornada por cuidado de hijos y familiares, podrá renunciar temporalmente a él, debiendo la solicitud limitarse al período excepcional de la crisis sanitaria, así como a las necesidades de organización de la empresa.

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