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Mascarilla quirúrgica
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Mascarilla quirúrgica (Foto: cuencanews.s)

Señalan a las empresas el uso obligatorio de las mascarilla en determinadas condiciones

La Confederación de Empresarios de Cuenca ha emitido una circular en la que avisa a sus empresarios de que tienen que usar este elemento de protección y exigir su uso a los clientes en sus establecimientos siempre que no sea posible mantener la distancia interpersonal de dos metros o si desarrollan labor al aire libre produciéndose una gran concentración de personas.

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
miércoles 27 de mayo de 2020, 12:01h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca ha emitido una circular para sus empresas en las que se indica la obligatoriedad del uso de las mascarillas en lugares cerrados y lugares públicos de gran concentración de personas si no es posible mantener la distancia interpersonal de dos metros.

CEOE CEPYME Cuenca ha transmitido esta información a sus empresas con el fin de que cumplan con esta obligatoriedad y usen este elemento de protección en sus establecimientos y también deben exigir su uso a su clientela, además de hacerlo en espacios abiertos donde desarrollen su labor si hay gran concentración de personas.

Esta medida ya ha sido publicada por el BOE y por tanto es obligatoria y está dirigida a minimizar los riesgos en lugares con alto potencial de contagio como lugares cerrados y lugares públicos donde confluyen muchas personas.

De este modo se quiere asegurar el compromiso de la población en la ampliación de estas medidas a fin de continuar protegiendo la salud.

En este caso se señala su uso para bloquear la emisión de gotas infectadas por coronavirus, especialmente cuando no se puede mantener la distancia de seguridad.

Tipo de mascarilla

En esta obligación se podrá utilizar cualquier tipo de mascarillas, preferiblemente higiénicas y quirúrgicas, teniendo que taparse la nariz y la boca.

Es obligatorio su uso en todas las personas mayores de seis años, y se recomienda su uso en aquellas que están en el grupo de edad de entre tres y cinco años.

No será obligatorio para personas con dificultad respiratoria, tengan contraindicado su uso por discapacidad o dependencia, por actividades que hagan incompatible su utilización por causas de fuerza mayor.

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