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El Ayuntamiento de Tarancón publica un bando con medidas de obligado cumplimiento de cara a los días de ´no fiestas´
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El Ayuntamiento de Tarancón publica un bando con medidas de obligado cumplimiento de cara a los días de ´no fiestas´

Por Redacción
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miércoles 02 de septiembre de 2020, 15:56h

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El Ayuntamiento de Tarancón ha publicado un bando con medidas de obligado cumplimiento de cara a los días de ´no fiestas´.

El alcalde de la localidad, José Manuel López Carrizo, firma este bando que recoge medidas para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID19, así como la propia exposición a dichos riesgos.

López Carrizo ha recordado que las fiestas patronales están suspendidas, así como los eventos multitudinarios y populares y ha subrayado que “vamos a ser muy estricticos y rigidos con el cumplimiento comenzando con especial vigilancia este mismo viernes para evitar contagios masivos”.

“Tenemos que hacerlo así porque viendo lo que ha ocurrido en otros municipios no podemos permitirnos una vez finalizadas las no fiestas ir a un confinamiento y en eso vamos a ser muy estrictos”, ha dicho.

El alcalde de Tarancón ha pedido la colaboración ciudadana de todo el municipio y ha informado que ante cualquier incumplimiento se den avisos a la Policía Local y la Guardia Civil se avise a los teléfonos 969-32-00-51 y 969-32-09-00.

Entre las medidas que recoge dicho bando destaca el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de al menos un metro y medio o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con el uso de mascarilla higiénica y etiqueta respiratoria.

Únicamente no será obligatoria la mascarilla en el ejercicio de deporte individual y colectivo; en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias; en la ingesta de alimentos o bebidas; o para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.

Asimismo, el tamaño máximo de los grupos de reunión será de diez personas, recomendándose la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

En dicho bando se establece que los establecimientos de hostelería y restauración deben indicar en el exterior el aforo máximo permitido de cada lugar, que se establece en un setenta y cinco por ciento de ocupación. Además, deben cumplir todas las medidas sanitarias, entre otras, garantizar la distancia interpersonal mínima de un metro y medio en el servicio en barra; garantizar una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de un metro y medio, con un máximo de diez personas por mesa o agrupación de ellas; establecer como horario de cierre de los establecimientos la 1:00h como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00h.

Dentro de las medidas se recoge también que deberán permanecer cerradas las discotecas, salas de baile, bares de copas, clubes y resto de locales dedicados al ocio nocturnos con y sin actuaciones musicales en directo.

Los establecimientos con licencia de bar especial y café espectáculo podrán desarrollar su actividad entre la hora general de apertura y hasta las 01:00 horas en las mismas condiciones que los bares, restaurantes, cafeterías y terrazas, para prestar servicios de hostelería y restauración. Y deberán permanecer cerrados al público los denominados clubes de alterne o prostíbulos, con independencia de la licencia de actividad bajo la que operen.

López Carrizo ha recordado la vigencia de la Ordenanza número 37 reguladoras de la actuación municipal en relación con la venta, publicidad y distribución de bebidas alcohólicas, prohibiéndose la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 22:00 horas hasta las 8:00 del día siguiente, excepto en aquellos establecimientos dedicados al servicio de la hostelería y restauración. Además, se suspende la posibilidad de consumo de productos en supermercados o mercados cerrados y se prohíbe el consumo de bebida en la calle

Se estipula que no se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

El primer edil ha remarcado la importancia de los sistema de prevención y protección basado en la higiene de manos; higiene respiratoria (evitar toser directamente al aire y tocarse la cara, la nariz y los ojos); la preferencia por actividades al aire libre y de poca duración; limpieza, higiene y ventilación de los espacios utilizados y, especialmente, adopción de medidas de aislamiento y comunicación con los servicios de salud tan pronto como se tengan síntomas compatibles con el COVID-19 (fiebre, tos o dificultad para respirar) u otros síntomas, como falta de olfato o gusto.

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