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La Confederación de Empresarios informa de las ayudas del Gobierno Regional para el retorno del talento
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La Confederación de Empresarios informa de las ayudas del Gobierno Regional para el retorno del talento

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
martes 06 de octubre de 2020, 09:00h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca y Eurocaja Rural han unido sus fuerzas para hacer llegar a las empresas la información necesaria para acceder a las ayudas del ‘Programa Retorno del Talento’ del Gobierno de Castilla-La Mancha.

Así, se ha enviado a una circular a los empresarios y se está atendido a los usuarios a través del Departamento Económico para asesorar a aquellos que quieren iniciar su actividad emprendedora y han retornado a la región desde el extranjero.

De este modo se ayuda a estos emprendedores para hacer frente los gastos iniciales de la actividad emprendedora con el fin de compensar el esfuerzo para la puesta en marcha de una empresa.

El plazo para realizar esa solicitud termina el 15 de diciembre y serán subvencionables las actuaciones iniciadas desde el 16 de diciembre del año anterior a la publicación de la resolución con los créditos presupuestarios hasta el 15 de diciembre del ejercicio correspondiente a la publicación de esos créditos.

La cuantía de la subvención para el inicio de la actividad será de hasta 6.000 euros, pero en la provincia de Cuenca al ser territorio ITI, pueden beneficiarse del 20% adicionado, siendo entonces de 7.200.

Beneficiarios y gastos subvencionables

Los beneficiarios pueden son aquellos que inicien su como trabajadores autónomos que estén en posesión de un título universitario, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, que hayan residido en España al menos doce meses en los últimos diez años y que hayan residido en el extranjero al menos seis meces de los últimos doce meses desde la fecha de alta en el régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Del mismo modo, estas personas tienen que estar empadronadas en Castilla-La Mancha y deben estar inscritas como demandantes de empleo en el día anterior a la fecha de alta en el RETA.

Asimismo, la actividad emprendedora no puede superar los parámetros de la microempresa, por lo que no podrán ser beneficiarios los socios de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales, ni las personas que sean autónomas colaboradoras.

Entre los gastos subvencionables están las cotizaciones al RETA, los gastos necesarios para obtener financiación e incluso los impuestos y licencias municipales y regionales.

Además, la orden del Gobierno Regional incluye como subvencionables los gastos a la entrada por franquicia, del diseño de la imagen corporativa, publicidad y marketing, diseño y elaboración de página web, su posicionamiento on line, y la tasa del registro de marca.

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