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La Confederación de Empresarios indica que ya está publicado el decreto de ayudas directas de apoyo a la solvencia empresarial
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La Confederación de Empresarios indica que ya está publicado el decreto de ayudas directas de apoyo a la solvencia empresarial

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
viernes 02 de abril de 2021, 13:33h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca ha informado a sus asociados sobre la publicación del decreto ley de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de COVID 19.

CEOE CEPYME Cuenca ha contado con la ayuda de Eurocaja Rural para la difusión de las líneas básicas de esta orden cuya convocatoria queda en manos de las comunidades autónomas.

Eso sí, aclaran desde el Gobierno Central algunos límites como que los destinatarios de las ayudas serán empresas no financieras y autónomos más afectados por la pandemia, siempre y cuando tengan su domicilio fiscal en España.

Además, estas ayudas tendrán un carácter finalista y por lo tanto deben emplearse para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financiación y gastos no financieros, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas.

En primer lugar, se satisfarán los pagos a proveedores por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la reducción nominal de la deuda con aval público.

Destinatario

Para ser destinatario, los empresarios o profesionales deben tener un volumen de operaciones anual declarado o comprobado por ja administración en el IVA o tributo directo equivalente en 2020 que haya caído más del 30% con especto a 2019.

Será la comunidad autónoma la que establezca los criterios para las ayudas del destinatario siendo el límite máximo de 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la administración, en el Impuesto de Valor Añadido o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30% en el año 2020 respecto del 2019, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.

La comunidad autónoma determinará los parámetros a aplicar para los supuestos de altas o empresas creadas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020.

La empresa beneficiaría de estas ayudas deberá justificar ante el órgano concedente el mantenimiento de la actividad que da derecho a las ayudas a 30 de junio de 2022.

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