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La Confederación de Empresarios señala la concesión de ayudas para la transformación en contratos indefinidos
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La Confederación de Empresarios señala la concesión de ayudas para la transformación en contratos indefinidos

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
martes 18 de octubre de 2022, 15:02h

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CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresas la concesión de ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos de formación en alternancia, los contratos de formación para la obtención de la práctica profesional y los contratos de relevo.

La Confederación de Empresarios de Cuenca ha trasladado esta información a los asociados avisando de que tienen que formalizar esta transformación como fecha límite al día siguiente de la finalización de contrato a transformar y en todo caso antes de la finalización de su duración máxima legal.

La solicitud de estas ayudas debe presentarse hasta el día 30 de octubre de 2022 y deben hacerlo mediante envío telemático a través del formulario incluido en la sede electrónica en la dirección www.jccm.es con el plazo de un mes desde la formalización del contrato y los anteriores a esta publicación desde la entrada en vigor de eta norma.

Otros requisitos son que la transformación debe hacerse a tiempo completo y en la misma categoría profesional y mantener el puesto de trabajo subvencionado por un mínimo de 36 meses y el número de contratos indefinidos existentes en centros de la región por al menos 18 meses y que suponga un incremento neto del empleo fijo en relación a la plantilla en los 90 días anteriores a la contratación, excluyendo las bajas voluntarias.

Cuantía

La cuantía de estas ayudas es de 6.000 euros por contrato que podrá incrementarse en 700 euros si la persona es mujer víctima de violencia de género, con una discapacidad igual o superior al 33%, o está en situación de exclusión social, aunque este incremento no se podrá aplicar de manera acumulada para un mismo contrato.

Estas cuantías podrán incrementarse un 20% si la empresa se sitúa en municipios de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación, un 30% para los de menos de 2.000 habitantes definidos como zona de intensa despoblación y de más de 2.000 definidos como zonas de extrema despoblación y un 40% para solicitudes que se desarrollen en otros de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.

Además, la cuantía se incrementará en un 20% cuando la actividad subvencionada se realice en algún municipio declarado como zona prioritaria en Castilla-La Mancha.

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