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ANPE presenta a los grupos políticos de las cortes una PNL para regular la compatibilidad docente
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ANPE presenta a los grupos políticos de las cortes una PNL para regular la compatibilidad docente

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
miércoles 23 de noviembre de 2022, 12:40h

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NPE ha presentado una Proposición No de Ley a los tres Grupos Políticos representados en las Cortes regionales, PSOE, PP y Ciudadanos, para regular la compatibilidad de los docentes de la región con el objetivo de poder desarrollar otro trabajo retribuido. El sindicato de docentes argumenta que están siendo discriminados, pues esta medida ya está regulada para docentes de otras CCAA y se aplica a otros funcionarios de la región, inclusive a los docentes de la concertada dependientes de la JCCM.

ANPE se ha reunido con los principales dirigentes de los grupos políticos representados en la Cortes Regionales, haciéndoles llegar la imperiosa necesidad de regular la compatibilidad para el sector docente no universitario de la región.

ANPE señala que el artículo 103.3 de la Constitución Española establece una reserva de Ley en cuanto al sistema de incompatibilidades, que posteriormente fue regulado a través de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Partiendo de la base del acatamiento de las disposiciones establecidas en dicha Ley, y teniendo en cuenta las especiales circunstancias de los docentes al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, ANPE considera necesario establecer las condiciones para poder otorgar la compatibilidad al colectivo docente, cumpliendo con la Ley 53/1984,

ANPE denuncia que para el curso 2.022/2.023, la plantilla de docentes no universitarios de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha cuenta con más de 3.000 maestros y profesores con puesto de media jornada o inferior. Este dato indica que más de un 10% de la plantilla de funcionarios docentes no universitarios se encuentran en una situación de precariedad laboral, debiendo residir, la mayoría de ellos, fuera de su localidad de residencia habitual, sin poder desarrollar otro trabajo retribuido.

Por este motivo, se introdujo en la Resolución de 23/07/2018, de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la regulación de la compatibilidad para la realización de actividades privadas a favor de aquellos docentes con jornada a tiempo parcial e inferior, siempre que las mismas no afecten a su rendimiento e imparcialidad como funcionarios públicos.

ANPE ha advertido a los grupos políticos de las Cortes que el principal problema para dicha declaración de compatibilidad no se encuentra como tal en la Ley 53/1984, sino en la forma en la que están dispuestas las retribuciones para estos docentes no universitarios al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha. De esta manera, para garantizar el cumplimiento de dicha Ley, ANPE ha solicitado la modificación del complemento específico establecido para este sector, ya que, dicho sea de paso, su naturaleza se ajusta más a la de complemento de destino, por ser un complemento que cobran todos los docentes independientemente de su puesto de trabajo.

ANPE no entiende la falta de diligencia y la dejadez de la administración para regular una mejora que, para los docentes a tiempo parcial, ya se ha acordado y que aportaría un enorme beneficio para aquellos docentes que cumpliendo los requisitos para compatibilizar su profesión docente podrían desarrollar otra actividad privada regulada sin ninguna merma retributiva.

ANPE urge al gobierno de la JCCM a que permita la compatibilidad del personal docente, y además pide que se incluya en la Ley de presupuestos aquellas medidas que no conllevan un coste económico, sí necesitan una normativa de rango de Ley para su puesta en marcha, como la modificación de la normativa que impide aplicar al personal docente determinados permisos, licencias y excedencias como la reducción voluntaria de jornada, y por supuesto la posibilidad de compatibilidad para aquellos docentes, independientemente del tiempo de su jornada, que quieran o necesiten desempeñar otra actividad que, por supuesto, no menoscabe su actividad en la docencia.

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