www.cuencanews.es
Imagen de archivo
Ampliar
Imagen de archivo

La Confederación de Empresarios traslada la subvención de proyectos en zonas con especiales dificultades demográficas

Por Redacción
x
localcuencanewses/5/5/16
viernes 28 de julio de 2023, 11:26h

google+

Comentar

Imprimir

Enviar

CEOE CEPYME Cuenca traslada a sus asociados la convocatoria de subvención para la financiación de proyectos empresariales dirigidos al impulso, la diversificación y la reactivación económica de zonas con especiales dificultades demográficas.

La Confederación de Empresarios de Cuenca ha hecho llegar esta información a los empresarios asociados gracias a la colaboración de Eurocaja Rural mediante una circular informativa.

Entre otros aspectos se señala que estas ayudas pueden solicitarse hasta el próximo 11 de agosto de 2023 y se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

Además, los proyectos deberán identificar el ámbito territorial en el que se desarrolla que pueden ser uno varios municipios con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes, o alguno mayor de esta población, siempre y cuando las actuaciones se realicen en entidades locales menores o similares a éstas con una población inferior a 5.000 habitantes.

Financiación

Los gastos financiables serán los contraídos desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2035 y el importe máximo de la ayuda concedida no podrá ser inferior a 15.000 euros ni superar los 200.000 euros.

Cada entidad podrá presentar en su solicitud un único proyecto, con las actuaciones a realizar en el año y las ayudas no podrán superar el 70% del gato subvencionable.

Entre los gastos subvencionables están los costes directos como los gastos de personal, gastos de viajes y manutención, siempre que no superen el 3% del importe total subvencionado del programa, gastos de actividades donde se pueden incluir los gastos derivados de la realización del programa como artículos de consumo, suministros o alquiler de bienes inmuebles. Asimismo, se considera como gastos directos los de inversión que no podrán superar el 5% del total de la subvención solicitada y los gatos de revisión de la cuenta justificativa, que en este caso no podrán superar el 0%.

Como gastos indirectos se señalan aquellos que no están directamente vinculados con el objetivo de la ayuda que sean necesarios para su correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria, no pudiendo superar en su conjunto el límite del 15% de los gastos directos justificados.

Estas ayudas serán compatibles con otras recibidas para las mismas actuaciones, procedentes de cualquier administración, entes públicos o privados sin que la suma de todas ellas no supere el coste de las actividades subvencionados y que no hayan sido concedidas por el ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios