El Boletín Oficial de la Provincia publica en su edición de hoy la Convocatoria de Ayudas para el mantenimiento de la estructura comercial básica en pequeños municipios que convoca el Patronato de Desarrollo Provincial, con las que se pretende favorecer el mantenimiento del tejido comercial de los pueblos de la provincia, a través de cuotas de Seguridad Social en el régimen de Autónomo.
Las ayudas, según fijan las bases de la convocatoria, consistirán “como máximo, en el pago de una cantidad equivalente a la cuota mínima establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, según los criterios establecidos por la normativa estatal en materia de Seguridad Social, con el límite cuantitativo de la consignación presupuestaria fijada cada año en el Patronato de Desarrollo Provincial” y resultarán incompatibles “con cualquier otra solicitada ante cualquier Administración Pública para el mismo gasto (cuotas de Seguridad Social de autónomo)”.
Pueden solicitar esta ayuda los trabajadores autónomos que desarrollen su actividad, con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria, en núcleos de población de la provincia de Cuenca (ayuntamientos, pedanías y entidades locales menores), con menos de 250 habitantes de derecho, referidos a fecha 31-12-2011. Las actividades subvencionables serán la del Comercio menor pan, pasteles, confitería y lácteos; el Despacho de pan, pan especial y bollería; el Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor; el
Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto; el Comercio al por menor de toda clase de artículos, incluyendo alimentación y bebidas, en establecimientos; las Cafeterías de una, dos o tres tazas y Otros cafés y bares.
Así mismo, para acogerse a estas ayudas, los solicitantes deberán desarrollar la actividad comercial en régimen tradicional, con despacho abierto al público, o la actividad de bar, siempre con horario comercial de mañana y tarde; al menos una de las actividades previstas se habrá tenido que ejercer en el municipio del solicitante por él mismo, o por un familiar de primer grado, con más de seis meses de antigüedad respecto de la publicación de la presente convocatoria; estarán al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y deberán contar con las correspondientes autorizaciones autorizados por el Ayuntamiento donde realicen la actividad.