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Magdalena preside una reunión con representantes de CEOE-CEPYME, Cámara de Comercio e Industria y el Colegio de Graduados Sociales de Cuenca

Magdalena preside una reunión con representantes de CEOE-CEPYME, Cámara de Comercio e Industria y el Colegio de Graduados Sociales de Cuenca

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
viernes 03 de junio de 2011, 13:53h

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El Subdelegado del Gobierno de España en la provincia de Cuenca, Julio Magdalena, acompañado por el Secretario General de la Subdelegación del Gobierno, Pedro Rodríguez, se ha reunido con representantes de CEOE-CEPYME, Cámara de Comercio e Industria, y el Colegio de Graduados Sociales de Cuenca, para trasladarles el contenido y alcance de las medidas para la regularización y control del empleo sumergido contenidas en el Real Decreto-Ley 5/2011.

El objetivo de esta medida es estimular el afloramiento voluntario no declarado, sensibilizando a la población sobre la gravedad de los perjuicios que supone el empleo sumergido, teniendo en consideración que la economía irregular es negativa para los empresarios, porque las empresas que incumplen la Ley hacen competencia desleal a la gran mayoría de empresas que la cumplen; para los trabajadores, porque les priva de sus derechos laborales y de su protección social y para el conjunto del país, porque limita y dificulta el crecimiento económico y perjudica a las cuentas públicas en un momento en que es necesario aumentar el gasto en protección social.



En esta reunión, el Subdelegado ha explicado que empleo sumergido, a efectos de la aplicación del RD-Ley referido, es la ocupación laboral por cuenta ajena de trabajadores (nacionales o extranjeros con autorización para trabajar) sin dar de alta en la Seguridad Social, sean o no perceptores de prestaciones públicas incompatibles con el trabajo por cuenta ajena.

Seguidamente ha hecho hincapié en los dos periodos que abarca la norma y que son: desde el 7 de mayo hasta el 31 de julio de 2011, los empresarios que ocupen trabajadores de forma irregular, podrán regularizar su situación solicitando su alta en la Seguridad Social en el Régimen correspondiente sin recibir sanciones, así como la posibilidad de acogerse a las reducciones y bonificaciones que conlleve el contrato que realicen, incluida la reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social si el contrato es a tiempo parcial del Plan de Choque, y de aplazar los ingresos de las cuotas correspondientes de la Seguridad Social.

A partir del 1 de agosto de 2011 entrarán en vigor un importante incremento de todas las sanciones que tienen que ver con el empleo no declarado, que pretende impulsar el proceso de regularización del empleo no declarado que ya está en vigor, así como otras dos importantes medidas en el control de la economía irregular, como son: una, imponer a las empresas que contraten o subcontraten obras o servicios de su propia actividad o cuyos trabajadores presten servicios en la empresa principal de forma continuada, la obligación de comprobar que los trabajadores de las contratas y subcontratas están dados de alta en la Seguridad Social. Si la empresa no realiza esta comprobación se entiende que comete una infracción grave, que está sancionada con multa entre 626 y 6.250 euros (antes no existía esta infracción y sanción). Y dos, la exclusión de la posibilidad de contratar con el sector público a las empresas que resulten sancionadas por infracción grave en materia de empleo no declarado.

 

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