Cuenca

El Supremo reconoce la prestación por lactancia a una trabajadora de Cuenca

CCOO celebra una sentencia pionera del Supremo que protege la lactancia de una trabajadora del transporte sanitario conquense
Redacción | Lunes 27 de octubre de 2025
CCOO celebra la sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a una conductora del transporte sanitario conquense a la que se le había denegado la prestación por riesgo durante la lactancia. El fallo reconoce la penosidad del trabajo a turnos y subraya la necesidad de proteger la salud tanto de la madre como del lactante.



El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a percibir la prestación por riesgo durante la lactancia a una trabajadora del transporte sanitario terrestre en Cuenca, después de que la mutua le denegara inicialmente esta ayuda alegando que su puesto de trabajo estaba adaptado. La sentencia ha sido valorada positivamente por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO Castilla-La Mancha, cuya secretaria general, Carmen Juste, y el secretario provincial en Cuenca, Ángel Luis Castellano Bobillo, han destacado que este fallo supone “un importante avance en la protección de la maternidad y la igualdad laboral”.

La trabajadora afectada es conductora de transporte sanitario de urgencias y realiza turnos de 24 horas y descansos de 72 horas, una carga que el Tribunal Supremo considera incompatible con la correcta lactancia materna. Según la sentencia, las condiciones de trabajo no garantizan la salubridad de la lactancia ni su efectividad, tanto en cantidad como en calidad, pese a que la empresa contaba con una zona habilitada para el descanso, la extracción y la conservación de la leche materna.

El alto tribunal también ha tenido en cuenta un agravante médico, ya que la trabajadora había sido sometida a una mastectomía en el pecho izquierdo, una circunstancia que no fue evaluada de manera específica en la valoración de riesgos laborales. En este sentido, la resolución judicial subraya la necesidad de realizar una evaluación individualizada que contemple las condiciones concretas de cada trabajadora.

Carmen Juste ha recordado que ya existen otros fallos judiciales en la misma línea, como una sentencia de junio de 2022 favorable a otra trabajadora del transporte sanitario, y otra más reciente de una empleada del Hospital de Alcázar de San Juan, en la que también se reconoció el derecho a percibir la prestación de riesgo durante la lactancia. Juste ha afirmado que este tipo de resoluciones son “fundamentales para avanzar en igualdad y garantizar los derechos de las mujeres”, y ha advertido de que “negar estas prestaciones supone una discriminación por razón de sexo”.

Por su parte, la delegada de CCOO en la UTE Ambulancias Cuenca, María José Villanueva, ha explicado que el trabajo a turnos de 24 horas “supone un gran inconveniente para la conciliación, que se acentúa en situaciones como la lactancia”, mientras que Ángel Luis Castellano Bobillo ha animado a las trabajadoras en situaciones similares a defender sus derechos. No obstante, ha lamentado que “haya sido necesario llegar hasta el Supremo para que se reconozca un derecho básico”, y ha reclamado que este tipo de conflictos se resuelvan por la vía del diálogo y la negociación, evitando la judicialización de las relaciones laborales.

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