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CEOE CEPYME Cuenca indica a sus empresas los días inhábiles a efectos de cómputo de plazos

CEOE CEPYME Cuenca indica a sus empresas los días inhábiles a efectos de cómputo de plazos

lunes 08 de enero de 2018, 14:00h

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CEOE CEPYME Cuenca ha indicado a sus empresas los días inhábiles de la administración con el fin de que sus empresarios puedan organizarse una vez conocen estos datos y así cumplir con los plazos establecidos en distintas gestiones como peticiones de ayudas o presentación de documentación.

De este modo, la Confederación de Empresarios de Cuenca ha trasladado la resolución de 1 de diciembre que publicó el Boletín Oficial del Estado y que establece este calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración general del Estado.

Esta resolución fija que todos los sábados, domingos y los días festivos declarados festivos de ámbito nacional no sustituibles son inhábiles, al igual que aquellas fechas sobre las que no haya establecido cada región la capacidad de sustitución

En el ámbito de las comunidades autónomas, CEOE CEPYME Cuenca apunta que son días inhábiles los que ha establecido cada comunidad autónoma como festivos, mientras que a nivel local serán inhábiles los dos días marcados como fiesta local por cada corporación.



Días inhábiles

En el calendario anual de días inhábiles señalan por tanto todos los sábados y domingos, siendo los primeros días inhábiles entre semana los días 29 y 30 de marzo, Jueves Santo y Viernes Santo.

El 1 de mayo será día inhábil en todo el territorio nacional, mientras que el 31 de mayo también tiene esa consideración pero sólo en la región de Castilla-La Mancha, igual que ocurre con el Jueves Santo.

Serán días inhábiles para la administración a nivel nacional los días 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, así como 6, 8 y 25 diciembre, completando el calendario de días inhábiles a nivel local aquellas fiestas que haya designado cada corporación municipal.
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