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CEOE CEPYME Cuenca indica a sus empresas los términos del primer tramo de avales ICO para financiar inversiones

CEOE CEPYME Cuenca indica a sus empresas los términos del primer tramo de avales ICO para financiar inversiones

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
jueves 20 de agosto de 2020, 22:00h

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El Departamento Económico de CEOE CEPYME Cuenca ha enviado una circular a sus asociados para detallarles el primer tramo de avales ICO a empresas y autónomos para financiar inversiones.

Eurocaja Rural ha colaborado en la difusión de esta resolución ya publicada en el BOE por la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la empresa dentro de las medidas urgentes para la reactivación económica y el empleo.

Este primer tramo de avales consta de una cantidad que asciende a un importe de 8.000 millones de euros y mediante el mismo el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación digital avalará la financiación concedida por las entidades financieras supervisadas a empresas y autónomos para atender sus necesidades de liquidez y en particular, las derivadas de la realización de nuevas inversiones.

Los avales deben solicitarse antes del próximo 1 de diciembre de 2020 y en el caso de pymes y autónomos el aval ascenderá como mucho al 80% de la operación y en el de las empresas que no reúnan la condición de pyme tendrá un límite del 70%.

Conceptos

La financiación obtenida deberá emplearse para una inversión nueva en el territorio nacional, incluyendo gastos vinculados a la misma y que debe hacerse efectiva en 24 meses desde la formalización del préstamo.

También se incluyen como válidos los gastos corrientes y capital asociados a la adquisición, alquiler, o leasing para la ampliación, renovación o adaptación de la producción o para el reinicio de la actividad, incluida la creación y mantenimiento de empleo, equipos o instalaciones.

Del mismo modo se incluyen la financiación derivada de pagos de salarios, facturas o vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

No son finalidades de esta línea de avales las refinanciaciones, restructuraciones, renegociaciones o las renovaciones de préstamos, ni las cancelaciones o amortizaciones anticipadas.

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