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CEOE CEPYME Cuenca informa que se amplía el plazo para solicitar las subvenciones de apoyo a la solvencia

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
lunes 19 de julio de 2021, 21:04h

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CEOE CEPYME Cuenca informa que se amplia el plazo para solicitar subvenciones de apoyo a la solvencia hasta el próximo 30 de julio, tres semanas más que el anterior límite que estaba situado en el día 9.

De este modo se ha modificado el decreto anterior y se ha emitido un nuevo en el marco de la Línea Covid de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de coronavirus.

Esta modificación de fechas, que supone un importante margen para las empresas, se ha hecho llegar a todos los empresarios asociados gracias a la colaboración de Eurocaja Rural.

El procedimiento será de concesión directa, no pudiendo exceder el plazo para resolver de dos meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud, entendiéndose el silencia administrativo como que se ha desestimado.

Carácter finalista

Estas ayudas tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a fecha de 13 de marzo de 2021.

En primer lugar, se satisfarán los pagos a proveedores por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la recaudación del nominal de la deuda con aval público.

Se deberán cumplir obligaciones como mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022, no podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022 y no podrán aprobar incrementos en las retribuciones en la alta dirección durante un período de dos años desde la aplicación de estas medidas.

Además, las empresas tienen que tener una caída de más de un 30% del volumen de operaciones anual en el impuesto sobre el valor añadido en 2020 con respecto a 2019.

Las solicitudes se deben presentar a la Dirección General de empresas y se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.jccm.es.

El abono de la subvención se hará en un pago único con carácter anticipado y se ingresará en la cuenta bancaria indicada por la persona o empresa beneficiaria.

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