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La Confederación de Empresarios indica a sus empresas los nuevos criterios técnicos de prevención e higiene por la Covid-19
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La Confederación de Empresarios indica a sus empresas los nuevos criterios técnicos de prevención e higiene por la Covid-19

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
jueves 24 de septiembre de 2020, 13:35h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca indica a sus empresas, mediante una circular informativa, los nuevos criterios técnicos que ha establecido la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de prevención e higiene por la COVID 19.

En este sentido, el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales basa esta información en el nuevo criterio publicado por la ITSS en lo relacionado con los centros de trabajo.

Esta circular está extraída en el Real Decreto Ley 21/2020 para empresas y centros de trabajo y los inspectores y subinspectores estarán habilitados para vigilar su cumplimiento.

El responsable de las medidas señaladas en este documento que se ha enviado a las empresas deberá ser el titular de la actividad económica o el director de cada centro de trabajo o entidad.

Medidas a tomar

Entre las medidas a tomar, se establece la obligación de adoptar medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características de intensidad de los centros de trabajo.

Asimismo, es obligatorio poner a disposición de los trabajadores agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida.

Es también necesario adaptar las condiciones de trabajo incluida la ordenación de los puestos de trabajo y organismos de turnos, así como garantizar una distancia de seguridad interpersonal de al menos un metro y medio en zonas comunes.

Del mismo modo se debe trabajar para evitar la coincidencia masiva de los trabajadores en los centros de trabajo durante las franjas horarias de mayor afluencia.

Además, se debe vigilar el cumplimento de las obligaciones de formar e informar a los trabajadores, así como conseguir su participación en las medidas, además de documentarlas, aunque el incumplimiento del registro documental no constituye infracción.

Visitas a centros

La ITSS vigiarla el cumplimiento de estas medidas preferentemente mediante visitas a los centros de trabajo y a los alojamientos ubicados fueran de las instalaciones de la empresa puestos a disposición de los trabajadores.

La Inspección de Trabajo estará habilitada para esta vigilancia hasta que termine la situación de crisis sanitaria y así lo establezca el Gobierno y mientras tanto vigilará su cumplimiento, y lo exigirá mediante requerimiento, además de poder extender actas de infracción en casos de incumplimiento.

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